Requisitos para brindar cobertura

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Since 1914, the Forturance Insurance Company has been serving policyholders protecting businesse place great weight on lots of things.

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Requisitos para brindar cobertura

  1. Certificado de defunción de la víctima.
  2. Copia del DNI del solicitante de la indemnización.
  3. Formato de Registro de Accidentes de Tránsito emitido por la Policía Nacional del Perú, según aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  4. Documento que acredite el grado de prioridad: certificado de Matrimonio, Constancia de la Inscripción de unión de Hecho en el Registro Personal de SUNARP, Certificado de Nacimiento, Declaratoria de Herederos u otros documentos que acrediten legalmente la calidad del beneficiario del seguro.
  5. Para acreditar que el solictante cuentoa con el mayor grado de prioridad bastará la presentación de una Declaración Jurada, en tal sentido con firma legalizada de Notario Público Colegiado.

BENEFICIARIOS DE LA INDEMNIZACION POR MUERTE ( EN ORDEN DE PRELACION EXCLUYENTE)

  1. Cónyuge o integrante sobreviviente de la unión de hecho.
  2. Hijos menores de 18 años o mayores de 18 incapacitados total y permanente para el trabajo.
  3. Los padres.
  4. Hermanos menores de 18 años o los mayores de 18 años incapacitados total y permanente del trabajo.
  5. El fondo de compensación, una vez transcurrido el plazo de prescripción lib
  1. Copia del DNI del solicitante
  2. Formato de Registro de Accidentes de Tránsito emitido por la Policía Nacional del Perú, según aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  3. En caso de invalidez permanente o incapacidad temporal, certificado médico expedido por el médico tratante; en caso de discrepancia, dictamen o resolución administrativa firme del Instituto Nacional de Rehabilitación o laudo arbitral que decida o resuelva en definitiva sobre la naturaleza y/o grado de la invalidez y/o incapacidad expedido en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud u otro centro de solución de controversias especializado en salud autorizado oficialmente, al que se sometan las partes en conflicto.
  1. Copia del DNI del solicitante.
  2. Formato de Registro de Accidentes de Tránsito emitido por la Policía Nacional del Perú, según aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  3. Comprobantes de Pago con valor Tribuitario y contable que acredite el valor o precio de los gastos médicos en que se haya incurrido para el tratamiento de la víctima como consecuencia de las lesiones sufridas y, de ser el caso, de los gastos de sepelio.
  4. Certificado de Defunción, de ser el caso.

Si existiese algún reclamo o queja no resuelta por el AFOCAT, el recurrente puede presentar un reclamo o queja ante el INDECOPI y/o a la Supewrintendencia de Banca y Seguros y AFP o SUSALUD, adjuntando una copia de la respuesta recibida por la AFOCAT y la información y/o documentación que considere pertinente.

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¿Qué coberturamos?

Cubrimos los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor afiliado a nuestra Institución.

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